El modelo judicial costarricense: visión general de un problema suficientemente analizado
##plugins.themes.bootstrap3.article.main##
Resumen
En primer lugar, debo agradecer a la Asociación Nacional de Fomento Económico y en especial a su Presidente Dr. Jorge Guardia Quirós y al Seminario de Derecho Público de la Universidad Autónoma de Centro América el haberme invitado a participar en este interesante simposio que pretende estudiar el modelo judicial costarricense.
He subtitulado mi intervención como un problema suficientemente analizado pues ya son muchos estudios los que a través de varios años se han realizado sobre nuestro Poder Judicial y la Administración de Justicia, concluyéndose que nos encontrarnos ante una crisis que no puede ser solucionada con la simple creación de nuevos Tribunales de Justicia, pues es producida por circunstancias de mayor complejidad, que ameritan una reforma casi integral del Poder Judicial, necesaria en su cúpula y una nueva organización que agilice no solamente los procedimientos jurisdiccionales sino también los administrativos y de toda otra índole que incidan en el quehacer judicial.
La reforma introducida por la Constitución de 1949 al Poder Judicial, si bien fue importante, solamente sirvió para adecuar el Poder que ahora nos ocupa a las necesidades de un país de poca población, pacífico, acostumbrado a resolver sus diferendos en forma amigable y que recurría a los Tribunales de Justicia en asuntos de mucha importancia, en casos "de alcaldía", como dice nuestro campesino cuando trata de referirse a hechos graves. Hoy la situación ha cambiado, el Poder Judicial se ha complicado, no sólo por la creación de nuevos Tribunales de Justicia, sino por habérsele dado nuevas atribuciones respecto a investigación de delitos, peritajes, defensoría pública, acusación en asuntos penales, registro de delincuentes y existir nuevas materias que han llevado a la creación de Tribunales especializados como los de familia y agrarios.
Descargas
##plugins.themes.bootstrap3.article.details##
Los autores que publiquen en la Revista ACTA ACADÉMICA aceptan las siguientes condiciones:
De acuerdo con la legislación de derechos de autor, la Revista ACTA ACADÉMICA reconoce y respeta el derecho moral de los autores, así como la titularidad del derecho patrimonial, el cual será cedido a la revista para su difusión en acceso abierto.
La Revista ACTA ACADÉMICA no realiza cargos a las/los autoras/es por enviar y procesar artículos para su publicación.
Todos los textos publicados por la Revista ACTA ACADÉMICA –sin excepción– se distribuyen amparados bajo la licencia Creative Commons que permite a terceros utilizar lo publicado siempre que mencionen la autoría del trabajo y a la primera publicación en esta revista.