Sociedad de inversión/ Sociedad anónima de capital abierto. Código de comercio
##plugins.themes.bootstrap3.article.main##
Resumen
En La Gaceta No. 204 del 29 de octubre de 1990 se publica la Ley No. 7201, Ley Reguladora del Mercado de Valores y Reformas al Código de Comercio. Nos interesa dicha ley en la medida que pretende, entre otros fines, el desarrollo del mercado de valores y, en especial, del mercado accionario. Complemento de lo anterior supone una sociedad anónima entendida no sólo como forma de llevar adelante una actividad económica, sino también como una alternativa de inversión accesible al público inversionista, que requiere alguna garantía sobre la rentabilidad y seguridad de esa inversión, la que se logra, en parte, con la publicidad necesaria sobre la situación económica de la empresa oferente, de modo que el inversionista pueda valorar sobre la bondad o no de los títulos ofrecidos en Bolsa, esto es, el llamado "principio de transparencia", de la mano del derecho de los socios a informarse sobre la actividad social. Un verdadero mercado accionario exige también que los inversionistas no obstante esa participación minoritaria en la sociedad, disfruten de derechos de intervención en la administración o fiscalización al menos de la gestión de los administradores, para lo cual sus derechos deben estar claramente determinados en la legislación.
Descargas
##plugins.themes.bootstrap3.article.details##
Los autores que publiquen en la Revista ACTA ACADÉMICA aceptan las siguientes condiciones:
De acuerdo con la legislación de derechos de autor, la Revista ACTA ACADÉMICA reconoce y respeta el derecho moral de los autores, así como la titularidad del derecho patrimonial, el cual será cedido a la revista para su difusión en acceso abierto.
La Revista ACTA ACADÉMICA no realiza cargos a las/los autoras/es por enviar y procesar artículos para su publicación.
Todos los textos publicados por la Revista ACTA ACADÉMICA –sin excepción– se distribuyen amparados bajo la licencia Creative Commons que permite a terceros utilizar lo publicado siempre que mencionen la autoría del trabajo y a la primera publicación en esta revista.