La cadena de custodia de la prueba. Análisis comparado
##plugins.themes.bootstrap3.article.main##
Resumen
En el llamado paradigma inquisitivo, la colección de la prueba, por lo general, estaba presidida por el juez instructor, por lo que su incorporación al proceso se hacía de modo acrítico.
En el proceso adversarial, costarricense y colombiano, las actividades investigativas, cuyo objeto es la incorporación de la prueba al proceso, son realizadas por un órgano separado de quien tiene la función de juzgar.
En la fase de juicio, corresponde a ese órgano investigador convencer al juez de la existencia del delito, para lo cual debe exponer sus pruebas y éstas, a su vez, se introducen en el proceso con observancia estricta de los cauces procesales.
Descargas
##plugins.themes.bootstrap3.article.details##
Los autores que publiquen en la Revista ACTA ACADÉMICA aceptan las siguientes condiciones:
De acuerdo con la legislación de derechos de autor, la Revista ACTA ACADÉMICA reconoce y respeta el derecho moral de los autores, así como la titularidad del derecho patrimonial, el cual será cedido a la revista para su difusión en acceso abierto.
La Revista ACTA ACADÉMICA no realiza cargos a las/los autoras/es por enviar y procesar artículos para su publicación.
Todos los textos publicados por la Revista ACTA ACADÉMICA –sin excepción– se distribuyen amparados bajo la licencia Creative Commons que permite a terceros utilizar lo publicado siempre que mencionen la autoría del trabajo y a la primera publicación en esta revista.