Limitaciones a la vivienda adquirida en el Sistema Financiero Nacional para la Vivienda
##plugins.themes.bootstrap3.article.main##
Resumen
El derecho de propiedad se debe considerar como un derecho de naturaleza patrimonial privado, pero que a la vez debe satisfacer el interés de la colectividad, su función social. No obstante, no significa esa función que el poder privado se otorgue para que mediante el adecuado uso de la cosa resulte un beneficio para la comunidad y, caso contrario, el derecho de propiedad se pierda. Así las cosas, debemos comenzar afirmando que el no uso no es causa de pérdida del derecho real de propiedad, como si sucede en los derechos reales de goce (usufructo, uso, habitación y servidumbre). Nosotros creemos que la función social de la propiedad se debe entender, entonces, desde dos puntos de vista: el primero, cuando se trata de bienes públicos, caso en el cual siempre debe cumplir con un fin público; en segundo sentido, cuando se refiere a bienes patrimoniales privados, supuesto en el cual el derecho de propiedad debe primero satisfacer las necesidades del titular y luego las de la sociedad. Quiere decir que la propiedad privada debe ser conforme con las conveniencias de la comunidad por medio del establecimiento de límites y deberes a cargo del propietario -se concilia el interés individual con el social-.
Descargas
##plugins.themes.bootstrap3.article.details##
Los autores que publiquen en la Revista ACTA ACADÉMICA aceptan las siguientes condiciones:
De acuerdo con la legislación de derechos de autor, la Revista ACTA ACADÉMICA reconoce y respeta el derecho moral de los autores, así como la titularidad del derecho patrimonial, el cual será cedido a la revista para su difusión en acceso abierto.
La Revista ACTA ACADÉMICA no realiza cargos a las/los autoras/es por enviar y procesar artículos para su publicación.
Todos los textos publicados por la Revista ACTA ACADÉMICA –sin excepción– se distribuyen amparados bajo la licencia Creative Commons que permite a terceros utilizar lo publicado siempre que mencionen la autoría del trabajo y a la primera publicación en esta revista.